ACUERDO DEL AUDITOR SUPERIOR DEL ESTADO DE GUERRERO, POR EL QUE SE DEJAN SIN EFECTO Y SIN CONSECUENCIAS JURÍDICAS LOS ACTOS POSTERIORES DERIVADOS DE LA ENTREGA DE CONSTANCIAS A LOS CONTADORES CERTIFICADOS, CON LOS QUE SE INTEGRÓ EL PADRÓN DE CONTADORES CERTIFICADOS PARA DICTAMINAR LA INFORMACIÓN FINANCIERA GUBERNAMENTAL DE LAS CUENTAS PÚBLICAS DE LAS ENTIDADES FISCALIZADAS DEL ESTADO DE GUERRERO, EMANADOS DEL CUMPLIMIENTO AL ARTÍCULO 13 BIS DE LA LEY NÚMERO 468 DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR Y RENDICIÓN DE CUENTAS DEL ESTADO DE GUERRERO, ACTUALMENTE DEROGADO MEDIANTE EL DECRETO NÚMERO 234.

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