ACUERDO PARLAMENTARIO POR MEDIO DEL CUAL LA QUINCUAGÉSIMA NOVENA LEGISLATURA AL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUERRERO, SE ADHIERE AL ACUERDO EMITIDO POR LA CÁMARA DE SENADORES DEL CONGRESO DE LA UNIÓN, MEDIANTE EL CUAL EXHORTA RESPETUOSAMENTE A LOS TITULARES DEL PODER EJECUTIVO DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y A LAS LEGISLATURAS LOCALES A REVISAR SU LEGISLACIÓN CIVIL, CON LA FINALIDAD DE HACER MODIFICACIONES A SU MARCO JURÍDICO PARA QUE SE INCLUYA  COMO REQUISITO PARA CONTRAER MATRIMONIO, EL QUE LOS CONTRAYENTES PRESENTEN CONSTANCIA DE HABER RECIBIDO PLÁTICAS SOBRE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR, IMPARTIDAS POR INSTITUCIÓN PARA TAL EFECTO AUTORIZADA POR LOS ORGANISMOS FEDERALES O ESTATALES ENCARGADOS DE DIRIGIR LA POLÍTICA PARA LOGRAR IGUALDAD ENTRE HOMBRES Y MUJERES.

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