ACUERDO DE SUSPENCIÓN DE PLAZOS PROCESALES, ASÍ COMO TODAS LAS ACTIVIDADES JURISDICCIONALES Y SE ORDENA EL CIERRE DE LAS INSTALACIONES, A EXCEPCIÓN DE LAS ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS QUE RESULTEN ESTRICTAMENTE ESENCIALES, DURANTE EL PERIODO COMPRENDIDO DEL NUEVE AL VEINTE DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTIUNO.
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