REGLAS DE CARÁCTER GENERAL PARA REGULAR LA COLABORACIÓN ENTRE LA SECRETARÍA DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO DE GUERRERO Y LAS PERSONAS FÍSICAS O MORALES, QUE, EN SU CARÁCTER DE INTERMEDIARIOS, PROMOTORES O FACILITADORES, POR MEDIO DE PLATAFORMAS TECNOLÓGICAS, INTERVENGAN, DE CUALQUIER MANERA, EN EL COBRO DEL PAGO POR EL SERVICIO DE HOSPEDAJE, SE RETENGA Y ENTERE A TRAVÉS DE ELLAS EL IMPUESTO SOBRE HOSPEDAJE.

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